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A través de la Resolución 020310 de octubre expedida a finales del año pasado, el Ministerio de Educación Nacional estableció los topes máximos de incremento para matrículas y pensiones que deben aplicar las instrucciones educativas privadas, de acuerdo con el Manual de Evaluación y Clasificación de establecimientos educativos.
Conforme a lo establecido por la cartera de Educación, la base del incremento se fija de acuerdo con Índice de Precios al Consumidor (IPC) divulgado por el DANE, con corte a agosto de 2022, el cual se ubicó en 10,84 %.
A partir de este incremento, cada establecimiento educativo podrá acceder a puntos porcentuales adicionales, de acuerdo con las siguientes variables:
El régimen en el que se clasifica el colegio:
- Libertad Regulada (aquellos colegios con los puntajes más altos en la Autoevaluación Institucional o Acreditación de Calidad).
- Libertad Vigilada (colegios con puntajes intermedios en la Autoevaluación Institucional)
- Régimen Controlado (colegios con más bajos puntajes en la Autoevaluación Institucional).
- La implementación de estrategias de educación inclusiva y para la atención educativa a la población con discapacidad.
En este sentido, los colegios que se encuentren en el Régimen de Libertad Regulada por Certificación o Acreditación de Calidad podrán incrementar el 10,84 % de base y sumar 0,50 % adicional si cuentan con Certificación o Acreditación de calidad y un 0,25 % por estrategias de educación inclusiva. De tal manera, el aumento máximo será de 11,59 %.
Por su parte, los establecimientos clasificados en el Régimen de Libertad Regulada por aplicación del Manual de Autoevaluación pueden incrementar sus tarifas en un 10,84 % correspondiente a IPC y se puede adicionar un 0,25 % correspondiente al régimen y 0,25 % por estrategias de educación inclusiva. Así pues, el aumento máximo será de 11,34 %.
Los colegios clasificados en el Régimen de Libertad Vigilada podrán incrementar sus tarifas en 10,84 % de base y podrán sumar un 0,12 % adicional correspondiente al régimen y un 0,25 % para incentivar la implementación de estrategias de educación inclusiva. De tal manera que el aumento máximo será de 11,21 %.
Finalmente, los colegios ubicados en el Régimen Controlado podrán aumentar su tarifa en 10,84 % correspondiente al IPC y adicionalmente un 0,25 % por la implementación de estrategias de educación inclusiva. Es así como el aumento máximo será del 11,09 %.
El Ministerio de Educación cuenta con la línea gratuita nacional: 01 - 8000 - 910122 o la línea 2222800. Además, pueden enviar sus inquietudes en el sistema de Atención al Ciudadano al correo atencionalciudadano@mineducacion.gov.co.O bien puede consultar más información en la página del ministerio https://www.mineducacion.gov.co/
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